¿HAS SUFRIDO ALGUNA VEZ ESTRÉS, FATIGA EMOCIONAL, INSATISFACCIÓN, TRANSTORNOS DEL SUEÑO…? TODO ELLO SON CONSECUENCIAS NEGATIVAS DE LOS FACTORES PSICOSOCIALES QUE PUEDEN ESTAR RELACIONADAS CON TU TRABAJO.
Los riesgos psicosociales han pasado a ocupar un espacio de especial interés en estos últimos años, no por ser un tema nuevo, sino por una reciente toma de conciencia de los daños que estos causan en la salud de las personas y que los pueden llegar a padecer a consecuencia de trabajo.
La última Encuesta Europea de Condiciones de Trabajo (2016) indica que tras los trastornos músculo-esqueléticos, los riesgos psicosociales, en particular el estrés a causa del trabajo, constituyen el segundo mayor riesgo padecido por la población trabajadora europea.
Estos datos pertenecen al estudio de “percepción y hábitos de la población española en torno al estrés” del año 2017 y a una encuesta del año 2018 realizada por la OCU entre empleados de 25 a 64 años.
Las condiciones de estos últimos años de crisis laboral conjuntamente con la pandemia han agravado esta situación globalizada, siendo considerados como un problema en auge. Todo ello afecta directamente al rendimiento del trabajador/a, aumenta el absentismo laboral y, como en el caso del estrés, disminuye la esperanza de vida.
La dificultad radica en que no es posible cuantificar con datos estadísticos el alcance real de los accidentes producidos por estos riesgos de una forma fidedigna. Además, la demostración del origen laboral de una depresión, un cuadro de ansiedad, de úlceras o de estrés entre otras causas, es una tarea pendiente de las administraciones.
La Sociedad Española para el Estudio de la Ansiedad y el Estrés, nos aporta un dato escalofriante: únicamente el 7% de las empresas españolas han implementado medidas para reducir los riesgos psicosociales en su entorno laboral.
Es necesario que haya una implicación activa y voluntad por parte de la empresa para conseguir una evaluación de riesgos psicosociales ajustada a las peculiaridades de cada una, y que se llegue a ella con el compromiso de los/as trabajadores/as, mandos intermedios y delegados/as de prevención en caso de existir.
PERO, ¿QUÉ SON EXACTAMENTE LOS FACTORES PSICOSOCIALES?
Son aquellas situaciones laborales directamente relacionadas con la organización del trabajo, con el entorno, con el contenido y la realización de las tareas de nuestro día a día; capaces de afectar al desarrollo del trabajo y de la salud del trabajador/a, bien sea física, psíquica o socialmente.
Todas estas condiciones adversas son origen de ciertas conductas y/o actitudes que favorecen un clima laboral que influye directamente en el trabajador de manera negativa. Existen principalmente tres grandes grupos de factores que nos afectan desde la perspectiva de la prevención de riesgos laborales:
Los factores no actúan de forma independiente unos de los otros, con frecuencia hay una concatenación de estos, dando un origen multicausal de los riesgos psicosociales.
Un ejemplo práctico sería: si tenemos una sobrecarga de trabajo puede ser debida a un reparto deficiente de tareas, un ritmo excesivo y/o falta de control por parte de la dirección. Esto implica una baja participación de los/as trabajadores/as en la decisión de las tareas pudiendo desembocar en incumplimientos de procedimientos por la presión y las prisas, conductas inseguras, accidentes, etc. y dando lugar a posibles situaciones conflictivas entre el personal y/o con la gerencia de la empresa, conllevando incluso posibles episodios de agresiones verbales, físicas, etc.
A raíz de estos factores, podemos ver dos grandes grupos de consecuencias derivadas de estos tres ámbitos anteriormente mencionados:
CONTROL DE LA GESTIÓN PREVENTIVA DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES
Como regla general, la evaluación de los riesgos psicosociales se rige por las mismas reglas que el resto de los riesgos laborales. Puede llevarse a cabo siguiendo diferentes estrategias y preferentemente debe tener lugar dentro de la evaluación general de riesgos, ya que suele haber interacción entre los riesgos psicosociales y otros riesgos como, por ejemplo, podría ocurrir en los accidentes de trabajo motivados por errores o fallos que sean consecuencia de una sobrecarga de trabajo o de una deficiencia de comunicación interna.
La gerencia de la empresa está obligada a involucrarse en su realización, por lo que deberá participar activamente en la elaboración de la misma.
IDENTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE RIESGO
El objetivo de la evaluación es determinar qué factores psicosociales de los presentes en un entorno organizativo se consideran de riesgo (identificación), y si tienen alta o baja probabilidad de desencadenar un riesgo psicosocial (evaluación).
No es una tarea intuitiva, salvo algunos factores como el trabajo a turnos. Por ello, inspección de trabajo insta a implementar un método específico de evaluación que valide las conclusiones obtenidas.
FUENTES DE INFORMACIÓN Y CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS
La información la podemos obtener a través de datos objetivos debido al trabajo que realiza la empresa, por observación del técnico evaluador, por encuestas o quejas de los trabajadores, etc. También podemos recabar información a través de entrevistas cortas o cuestionarios que nos ayuden a dilucidar sobre qué factores debemos hacer hincapié.
Los cuestionarios pueden ser anónimos o pueden no serlos pero, en cualquier caso, debe garantizarse la confidencialidad de dichos datos. Es importante recalcar que el anonimato suele contribuir a aumentar la tasa de respuesta y de sinceridad en las mismas.
ELECCIÓN DEL MÉTODO
Será el técnico evaluador, conjuntamente con la empresa y los/as representantes de los/as trabajadores/as quién decida el método justificando técnicamente su elección. Pueden emplearse diversos métodos recogidos en guías del INSST (“El método para la evaluación y gestión de factores psicosociales en pequeñas empresas”), procedimientos validados (FPSICO 4.0, ISTAS 21), u otros que den confianza en sus resultados. Además, si el método se queda corto en algún posible riesgo es necesario utilizar herramientas complementarias como la valoración de exposición física a violencia de terceros, trabajos en solitario, trabajos a turnos o nocturnos, teletrabajo, etc.
Resulta importante recalcar que las encuestas de clima laboral no son sustitutas de este método.
Esta evaluación debe estructurarse en unidades de análisis compuestas por grupos de trabajo o agrupaciones de puestos que estén expuestos a los mismos factores psicosociales, para evitar mezclar mandos y subordinados o personal de la empresa que haga diferentes trabajos.
PLANIFICACIÓN PREVENTIVA
Corresponde a la dirección de la empresa asumir la responsabilidad de decidir las medidas preventivas concretas y específicas que se deben de aplicar ante los factores psicosociales identificados, asesorados por el técnico de prevención y previa consulta a los/as representantes de la empresa.
Por tanto, todos los factores de riesgo psicosocial que se hayan identificado y evaluado han de ir acompañados de medidas preventivas para afrontarlos dentro de la planificación general de actuaciones preventivas, del mismo modo que se hace respecto a los demás riesgos laborales. Estas medidas deben tener un seguimiento temporal para verificar su implantación y efectividad.
DESARROLLO DE LA ACTUACIÓN INSPECTORA
¿Cuándo podemos tener una inspección de este tipo? Principalmente por tres posibles casos: por la propia campaña abierta por la inspección, por una denuncia específica o por iniciativa de la inspección de trabajo.
Si la empresa no ha llevado a cabo la evaluación de riesgos psicosociales o la misma está desfasada o presenta deficiencias a mayores de las posibles sanciones que puedan conllevar, en cualquier caso, se llevará a cabo un requerimiento por parte de la inspección laboral. Es decir, si esta no se ha elaborado, la autoridad laboral la requerirá posteriormente por escrito dando un plazo para su elaboración.
Una vez implantada, si la inspección considera que hay dudas razonables de una buena identificación y evaluación; podrían llegar a realizar entrevistas a los/as trabajadores/as afectados/as, a una selección de la plantilla y/o a los representantes de los trabajadores.
La autoridad laboral cuenta con un check-list donde verificarán que la dirección de la empresa se ha implicado, que el evaluador reúne los criterios necesarios, si abarca a todos los puestos de trabajo, si se ha realizado la consulta a los/as trabajadores/as, si se han contemplado todos los factores posibles, si se han adoptado medidas preventivas, etc.
SANCIONES
Principalmente se propondrán sanciones a las empresas que incumplan los siguientes puntos en su totalidad:
- Incumplimiento sobre la evaluación de riesgos,
- Falta de planificación de las medidas preventivas,
- Falta de formación e información a los/as trabajadores/as al respecto,
- Incumplimiento de cooperación y coordinación de varias empresas en un mismo centro,
- Violación al derecho de información, consulta y participación,
- Omisión de medidas de protección del derecho de igualdad de trato.
Un incumplimiento parcial dará lugar a un requerimiento por parte de la inspección sin iniciar un procedimiento sancionador, como se ha mencionado en el punto anterior.
CONCLUSIONES
En definitiva, el motor impulsor del cambio debe ser la gerencia de la empresa e independientemente del tamaño de esta, es necesario poner el foco sobre los factores y riesgos psicosociales de nuestros puestos de trabajo. Más allá de la prevención de riesgos laborales, nuestra meta debe ser conseguir el bienestar del trabajador/a ya que esto influirá positivamente en el buen desarrollo de la empresa, en el crecimiento de la misma y en una mayor productividad global.
En cualquier caso, si tienes dudas de cómo proceder, consulta a tu técnico de prevención cómo elaborar esta evaluación de riesgos psicosociales.
BIBLIOGRAFÍA
- Illueca, H. (2021) “Criterio Técnico OE ITSS nº 104/2021 sobre actuaciones de la Inspección de Trabajo y S.S. en Riesgos Psicosociales”.
- Aldaya, S. y Miranda, E. (2017) “VII estudio Cinfasalud: percepción y hábitos de la población española en torno al estrés”.
- Ramos, M.I. et al (2017) “Guía Calificación jurídica de las patologías causadas por Riesgos Psicosociales en el trabajo”.
- Díaz, J. (2021) “Resumen Criterio técnico 104/21 sobre actuaciones ITSS en Riesgos Psicosociales”.
- “Un 27% de trabajadores en riesgo de sufrir estrés laboral según una encuesta de OCU” (17/10/2018),