Queremos hablar de las obligaciones del empresario en materia de riesgos laborales, que, como veremos, son muchas y muy relevantes. De hecho, la gestión de la seguridad y salud en el trabajo es su máxima obligación para con sus trabajadores.
Hablaremos también de los tipos de responsabilidades del empresario en materia de riesgos laborales. Saber que la legislación vigente establece un conjunto de responsabilidades que lo que buscan es garantizar un entorno laboral seguro y saludable para los trabajadores. No hay otro fin cuando hablamos de prevención de riesgos.
Desde Taprega y nuestro servicio integral en prevención de riesgos laborales sabemos bien qué estrategias se deben adoptar para cumplir con esas responsabilidades de los empresarios en esta área tan relevante.
Aspectos legales de la prevención de riesgos laborales
La regulación sobre prevención de riesgos laborales se fundamenta en una serie de normas que establecen las responsabilidades que debe asumir el empresario en este ámbito, asegurando así un entorno seguro para los trabajadores.
Conocemos bien la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales. Es la norma base que establece el marco jurídico para la prevención de riesgos en el ámbito laboral en España, que tiene como objetivo principal promover la mejora de la seguridad y salud en el trabajo, marcando directrices claras a seguir por parte de los empleadores.
En relación con las obligaciones del empresario en materia de riesgos laborales, la normativa establece:
- La obligación del empresario de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores mediante la adopción de medidas adecuadas.
- La necesidad de evaluar los riesgos laborales de manera continua, especialmente al introducir cambios en el entorno laboral.
- La promoción de la participación y consulta de los trabajadores en la gestión de la prevención de riesgos laborales.
Normativas complementarias
Hay otras normativas complementarias en esta área, que ayudan a brindar directrices más precisas y adaptadas a las peculiaridades de cada sector:
Reglamento de los Servicios de Prevención
Establece cómo deben organizarse y funcionar los servicios destinados a la seguridad y salud en el trabajo.
También, se erigen normas técnicas de seguridad específicas, que abordan riesgos concretos como maquinaria, productos químicos y equipos de trabajo.
Directrices sobre formación y capacitación que detallan el tipo de educación que deben recibir los empleados para un manejo seguro de sus funciones laborales.
Son normativas que obligan a los empresarios a adaptar sus políticas de prevención para asegurar que se cumplan no solo las leyes generales, sino también las especialidades que puedan surgir en diferentes sectores de actividad.

Principales obligaciones del empresario en materia de riesgos laborales
Mencionamos la primera la obligación de elaborar el plan de prevención de riesgos laborales. Un documento primordial, como sabemos, donde podremos consultar diversos elementos organizativos y estratégicos que nos harán entender las medidas y la idea general de la empresa en materia de prevención de riesgos.
Plan de prevención y plan de emergencia que contemple cómo actuar ante situaciones de riesgo inminente, como incendios o evacuaciones.
El empresario también debe definir una (clara) estructura organizativa que establezca las responsabilidades de cada miembro del equipo. Tendrá que designar a una persona o equipo encargado de la implementación del plan, así como las funciones de supervisión y evaluación del cumplimiento del mismo.
Evaluación de riesgos y medidas preventivas
Dentro de los tipos de responsabilidades del empresario en materia de riesgos laborales, está la evaluación de esos riesgos. Es decir, el empresario (delegará este cometido en una o varias personas, o una empresa externa) ha de realizar una evaluación exhaustiva de todos los riesgos presentes en el entorno laboral. Detallar que este análisis no es único, sino que debe ser continuo y revisarse periódicamente, especialmente cuando se introduzcan nuevos procesos o se realicen cambios en la actividad empresarial.
Una vez se tengan identificados los riesgos, también es cometido del empresario establecer las pertinentes medidas preventivas que mitiguen tales amenazas. No hay que descartar que estas acciones se refieran a la necesidad de adaptar los puestos de trabajo, la adquisición de maquinaria más segura o la implementación de protocolos de seguridad específicos.
Información y consultas a los trabajadores
Como no podía ser de otra forma, el empresario tiene la responsabilidad de mantener a los trabajadores informados sobre los riesgos asociados con sus funciones. Se deben habilitar espacios específicos para la consulta y contar con la participación de los empleados/as en la toma de decisiones sobre cualquier cuestión de seguridad y salud laboral.
Formación en seguridad laboral
Otro de los tipos de responsabilidades del empresario tiene que ver con la formación continua (pocas pequeñas pymes lo cumplen).
Al inicio de su empleo, todos los trabajadores deben recibir formación que abarque los riesgos específicos de su puesto, así como las medidas preventivas a seguir. A lo largo del tiempo, se va a requerir una actualización cada vez que haya cambios significativos en los procesos de trabajo o en la introducción de nuevas tecnologías (esto asegura que los trabajadores estén al tanto de los procedimientos actualizados).
Provisión de equipos de protección individual
Cuando los riesgos no se pueden eliminar, el empresario está obligado a proporcionar Equipos de Protección Individual (EPIs), que deben ser adecuados al tipo de riesgo y utilizados por los trabajadores en el desempeño de sus funciones.
Vigilancia de la salud
Por vigilancia de la salud nos referimos a la realización de exámenes médicos iniciales y periódicos para los trabajadores, en función de los riesgos a los que se encuentren expuestos, y asegurar un seguimiento de la salud puntual, para detectar posibles enfermedades asociadas a su actividad laboral.
Documentación y registros
Por último, dentro de las obligaciones del empresario en materia de riesgos laborales, tendrá que mantener una documentación rigurosa que incluya todos los registros sobre evaluaciones de riesgos, actividades formativas realizadas y posibles incidentes laborales.
Tipos de responsabilidades del empresario en materia de riesgos laborales: Consecuencias del incumplimiento
El incumplimiento de las obligaciones en materia de riesgos laborales seguramente acarree repercusiones diversas para el empresario. Hablamos de sanciones administrativas y responsabilidades civiles/penales, sin olvidarnos del claro impacto negativo en la empresa en general.
Sanciones administrativas
Por sanciones administrativas entendemos medidas que las autoridades laborales pueden imponer cuando se detectan infracciones. Según su gravedad y según la entidad y la naturaleza de la falta cometida, tendremos faltas leves, graves y muy graves.
En el artículo 39 del Real Decreto 5/2000, de 4 de agosto es el que define la categoría de sanciones existentes: Leves, graves y muy graves.
- Leves: Infracciones que no causan efectos graves, como no proteger adecuadamente información sobre riesgos. Pueden derivar en multas moderadas.
- Graves: Falta de evaluación de riesgos o incumplimiento de normativas específicas. Las multas pueden ser considerablemente más altas y repercutir en la reputación de la empresa.
- Muy graves: Actos que pongan en riesgo inminente la vida o salud de los trabajadores, como la falta de medidas de seguridad básicas. Las sanciones pueden incluir multas elevadas y la posible suspensión de actividades.
Responsabilidad civil y penal
Como decimos, el empresario puede enfrentarse a responsabilidades civiles y penales en algunos casos. Diferencia: Las sanciones penales derivan de acciones que constituyen delitos, mientras que la responsabilidad civil se refiere a las indemnizaciones que se deben a los trabajadores afectado por un accidente laboral.
En cuanto a las consecuencias:
- Responsabilidad civil: Obligación de indemnizar a empleados que hayan sufrido daños por falta de medidas de prevención. Esta indemnización puede abarcar gastos médicos y compensaciones por daños físicos o morales.
- Responsabilidad penal: En casos de negligencia extrema, el empresario puede ser denunciado y enfrentar penas que oscilan desde multas hasta privación de libertad, especialmente si hay víctimas involucradas.
Impacto en la empresa
Por último, decir que el impacto del incumplimiento de obligaciones laborales va más allá de las sanciones económicas y legales. A nivel reputación institucional, el golpe puede ocasionar severas repercusiones.
Como no, la imagen de la empresa quedará gravemente dañada. ¿Afectará a los clientes y su visión y confianza en la empresa? Muy posiblemente.

Estrategias para cumplir con las obligaciones
Más que estrategias, hablaríamos de medidas o vías para cumplir con los diferentes tipos de responsabilidades del empresario en materia de riesgos laborales. Vamos a comentar algunas que sabemos en Taprega que son las que más llevan a cabo las empresas:
Implementación de un sistema de gestión de la prevención
Nos referimos a un sistema de gestión que defina las políticas de prevención alineadas con la cultura empresarial, que identifique y analice los riesgos en el entorno laboral, incluya una planificación de acciones preventivas y su seguimiento y que, por último, evalúe de forma continua y precisa la eficacia de las medidas implementadas.
Al establecer un sistema de gestión, se crea un marco sostenible que permite monitorizar el cumplimiento y realizar mejoras de forma constante.
Asesoría externa y servicios de prevención
Contar con servicios de prevención externos es una opción muy útil para pequeñas y medianas empresas que pueden no tener los recursos internos necesarios. Puede parecer “un dispendio” en según qué presupuestos, pero dado que cumplir con las obligaciones del empresario en materia de riesgos laborales es una necesidad incuestionable, vemos estandarizado esta medida en muchos sectores.
Un equipo externo de esta índole, especializado, entregará a las empresas evaluaciones de riesgo y auditorías de seguridad y una asesoría exhaustiva en la implementación de políticas de salud laboral. Al fin y al cabo, se contrata a expertos para, no sólo cumplir con la legalidad, sino mejorar la calidad del ambiente de trabajo.
Fomento de la cultura de seguridad
Puede sonar extraño, pero básicamente esta media de desarrollo de una cultura de seguridad organizacional lo que busca es promover la participación activa de todos los trabajadores en las decisiones relativas a la seguridad, además de incentivar comportamientos seguros mediante reconocimientos y recompensas.
Habrá que realizar campañas de concienciación sobre la importancia de la prevención de riesgos y, así, generar un ambiente donde la seguridad sea una prioridad contribuye a la reducción de accidentes y mejora la productividad.
Es uno de los tipos de responsabilidades del empresario en materia de riesgos laborales que, posiblemente, menos atención se le dé, pero que a la postre, puede ser la más efectiva a medio y largo plazo.
Coordinación de actividades empresariales
En situaciones donde varias empresas operan en un mismo ámbito, la coordinación es imprescindible. ¿A qué nos referimos?:
- Establecer protocolos de colaboración y comunicación entre las empresas implicadas.
- Desarrollar planes conjuntos de prevención que aborden los riesgos compartidos.
- Realizar reuniones periódicas para evaluar el estado de la seguridad en el entorno laboral común.
Con una adecuada coordinación, lograremos que las empresas gestionen más efectivamente los riesgos, lo que repercutirá en una mayor seguridad de todos los trabajadores involucrados.
Derechos del empresario en materia preventiva
Estamos hablando de las obligaciones y tipos de responsabilidades del empresario en materia de riesgos laborales, pero no nos debemos olvidar tampoco de sus derechos. Derechos a la hora de gestionar eficazmente las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos laborales en sus organizaciones.
Sin estos derechos, será difícil mantener un entorno de trabajo seguro y con plenas garantías para el cumplimiento de las normativas establecidas.
Exigencia de cumplimiento de normas
Dentro del marco normativo de prevención, los empresarios tienen la facultad de exigir el cumplimiento de las normas de seguridad y salud laboral por parte de sus trabajadores. Este derecho se fundamenta en la necesidad de crear un entorno laboral que cumpla con los requisitos legales establecidos.
El empresario podrá imponer medidas disciplinarias a aquellos trabajadores que infrinjan las normativas de seguridad. La obligación de los empleados es la de seguir las instrucciones y medidas preventivas dictadas por el empresario.
Como no podía ser de otra forma, el empresario siempre tendrá acceso a la información sobre las situaciones de riesgo que puedan comprometer la salud y seguridad en el trabajo.
Comunicación y colaboración de los trabajadores
El empresario puede querer establecer una comunicación fluida y una colaboración activa de sus empleados en temas de prevención. Está en su derecho de poner en liza la serie de medidas al respecto que considere oportuno.
En este sentido, podrá convocar reuniones informativas donde se debatan los riesgos y las medidas preventivas a seguir. Muy útiles, por ejemplo, para recibir sugerencias y comentarios por parte de los trabajadores sobre las prácticas de seguridad implementadas.
Conclusiones
Las obligaciones del empresario en materia de riesgos laborales giran en torno a sus trabajadores, principalmente. Sobre ellos y sobre cualquier otra persona que pase tiempo en las instalaciones de la empresa. La principal responsabilidad está clara: Establecer las medidas preventivas correspondientes para garantizar la seguridad y la salud en el entorno laboral.
En cuanto a los tipos de responsabilidades del empresario en materia de riesgos laborales, tenemos las administrativas, la civil y la penal, en último término.
En Taprega, desde nuestra labor integral en prevención de riesgos laborales, trabajamos codo con codo con empresarios de todo tipo y tamaño de empresas, para asegurarnos de que son conocedores de sus obligaciones, responsabilidades y derechos.